jueves, 28 de mayo de 2015

Tipologia de Quemas

Agrícolas

  1. Colectivas
  2. Sólo son las que su material vegetal para quemar procede de trabajos agrícolas de poda, Autorizadas desde el Ayuntamiento con una autorización expresa de Agente Rurales
  3. Individuales
  4. Para el resto de quemas agrícolas:
    • Grandes pilas de combustible originadas por transformaciones agrícolas.
    • Quema de márgenes agrícolas (ribazos).
    • Restos de jardinería (en pequeñas cantidades).
    • Cualquier otra actividades de ocio.

Forestales

Sólo las pueden realizar los grupos o equipos especializados de la Administración (bomberos y Agentes Rurales) o equipos con permisos especiales.

De Esparcimiento

Los fogones de gas y las barbacoas de obra con matachispas sólo se pueden utilizar dentro de las áreas recreativas y de acampada y en parcelas de las urbanizaciones todo el año si no se declaran medidas extraordinarias

Residuos

En virtud de la normativas vigente, cualquier tipo de residuo (doméstico, industrial, de jardinería en grandes cantidades) no puede ser incinerado.

Medidas Extraordinarias

Las autorizaciones que se puedan otorgar podrán quedar temporalmente anuladas si entran en vigor medidas extraordinarias en función del riesgo de incendio forestal, tal como establece la normativa vigente.

Terrenos Forestales

En virtud del art. 2 de la Ley 6/1988. de 30 de marzo, forestal de Cataluña, tienen la consideración de terrenos forestales los suelos rústicos poblados de árboles, arbustos, matorrales y hierbas crecidos de forma natural, y también las pistas y los caminos forestales.




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